Ahorro Programado

Para programar proyectos a mediano y largo plazo.

5.0% E.A. a 6 meses

6.0% E.A. a 12 meses

Condiciones

TIPO: Ahorro programado. FINALIDAD: Mecanismo diseñado para programar gastos o proyectos familiares a mediano y largo plazo.

MÍNIMO: Desde el 5% de un SMMLV, sin superar el 75% del salario básico mensual.

TASA DE INTERÉS: Rentabilidad garantizada mensualmente acorde a los saldos.

CAPTACIÓN: Se hace a través de consignación bancaria, pago por PSE., débito automático o descuento por nómina.

PERMANENCIA: 6 meses, 12 meses.

RETIRO: Se podrá solicitar devolución parcial o total del ahorro programado.

Aclaración

Este ahorro no aumenta cupo en ninguna modalidad de crédito. – Se permite un máximo de 2 ahorros por asociado. – En caso de terminación anticipada o retiros parciales el ASOCIADO debe asumir el costo del impuesto del 4×1000.

No está permitido hacer abonos extraordinarios para aumentar los saldos.

Si el asociado está interesado en aperturar con el saldo del ahorro programado un CDAT A LA VISTA o CON PACTO DE PERMANENCIA deberá cumplir lo establecido en los artículos 13 o 14 numeral 8 del reglamento de ahorros.

A TENER EN CUENTA

Todos los asociados de FENUGARANTÍAS, deberán comprometerse a realizar aportes sucesivos permanentes entre el tres por ciento (3%), hasta un máximo del diez por ciento (10%) de su ingreso salarial neto mensual o mesada pensional, pagaderos con la periodicidad que los asociados reciben el citado ingreso. De igual modo las condiciones citadas anteriormente se aplicarán a los pensionados y exfuncionarios.

Del total de la cuota permanente aquí establecida, el cuarenta por ciento (40%) se llevará a aportes sociales individuales y el sesenta por ciento (60%) restante a una cuenta de ahorros permanentes.

En caso que el ex funcionario no obtenga de forma inmediata vinculación laboral con la misma agencia u otra, podrá realizar un aporte mínimo del 5% de un (1) salario mínimo mensual legal vigente, condición que aplicará hasta que se ubique laboralmente.