Ahorro Voluntario
Con la finalidad de ofrecer al asociado una opción de ahorro adicional, a su aporte ordinario con el Fondo.
Tasa de interés 3.0% E.A.
Condiciones
TIPO: Ahorro voluntario. FINALIDAD: Mecanismo que se ha diseñado para incentivar el ahorro entre los asociados cuando dispongan de recursos.
MÍNIMO: Desde el 5% de un SMMLV, sin superar el 75% del salario básico mensual.
TASA DE INTERÉS: Rentabilidad garantizada mensualmente acorde a los saldos.
RETIRO: No tiene sanción por retiro y se puede solicitar parcialmente.
CAPTACIÓN: Se hace a través de consignación bancaria o pago PSE.
APERTURA: Para que Fenugarantías realice la apertura del ahorro voluntario el asociado deberá realizar el pago de manera anticipada.
Aclaración
Este ahorro no aumenta cupo en ninguna modalidad de crédito.
No está permitido abrir un nuevo ahorro voluntario trasladando los saldos de un ahorro voluntario con diferente tasa.
Si el asociado está interesado en apertura con el saldo del ahorro voluntario un CDAT A LA VISTA o CON PACTO DE PERMANENCIA deberá cumplir lo establecido en los articulo 13 o 14 numeral 8, del reglamento de ahorro.
A TENER EN CUENTA
Todos los asociados de FENUGARANTÍAS, deberán comprometerse a realizar aportes sucesivos permanentes entre el tres por ciento (3%), hasta un máximo del diez por ciento (10%) de su ingreso salarial neto mensual o mesada pensional, pagaderos con la periodicidad que los asociados reciben el citado ingreso. De igual modo las condiciones citadas anteriormente se aplicarán a los pensionados y exfuncionarios.
Del total de la cuota permanente aquí establecida, el cuarenta por ciento (40%) se llevará a aportes sociales individuales y el sesenta por ciento (60%) restante a una cuenta de ahorros permanentes.
En caso que el ex funcionario no obtenga de forma inmediata vinculación laboral con la misma agencia u otra, podrá realizar un aporte mínimo del 5% de un (1) salario mínimo mensual legal vigente, condición que aplicará hasta que se ubique laboralmente.